CONSEJO SECTORIAL DE BIENESTAR SOCIAL
Participación Ciudadana en materia social
Para más información contacta con participacion@ayto-pinto.es
Acerca de esta asamblea
Espacio de participación reglamentado en Ficha Normativa.
El Ayuntamiento de Pinto, fiel al mandato constitucional de facilitar la participación de la ciudadanía en la vida cultural, económica, política y social, y para hacer efectivos aquellos derechos inherentes a la participación ciudadana en la gestión municipal, sin menoscabo de la legítima autoridad concedida a sus representantes políticos en las elecciones municipales, reglamentó en 2013 la existencia y funcionamiento del Consejo de Bienestar Social.
Propósito de la acción
Órgano colegiado permanente de carácter consultivo y asesor del Ayuntamiento de Pinto a través del cual se canaliza la participación de la ciudadanía en el ámbito del Bienestar Social.
Organización interna
El Pleno del Consejo.
La Presidencia.
La Vicepresidencia.
La Comisión Permanente.
Las Comisiones o grupos de trabajo.
Composición
PLENO DEL CONSEJO:
- El/la Alcalde/sa o Concejal/a en quien delegue.
- El/la Concejal/a de Participación Ciudadana o Concejal/a en quien delegue.
- El/la Concejal/a con delegación específica en la materia o Concejal/a en quien delegue.
- El/la Directora/a o Asesor/a de la Concejalía relacionada con la temática.
- Un/a funcionario/a del Ayuntamiento de Pinto, que actuará como Secretario/a.
- Un/a empleado/a Técnico de la Concejalía relacionada con la materia para desarrollar labores de asesoramiento.
- Un/a representante por cada una de las asociaciones y entidades relacionadas con la materia constituidas legalmente e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
- Los/as ciudadanos/as que, a título personal, manifiesten querer formar parte y participar en todas las sesiones del consejo, mediante una solicitud en la que conste su interés en la materia, y cuya solicitud deberá ser aprobada o rechazada por el Consejo Sectorial.
- También podrán asistir al Pleno del Consejo, invitados por la Presidencia cuando lo estime conveniente, expertos en las materias que vayan a ser objeto de debate, con voz pero sin voto.
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